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Servicios funerarios: lo que debes contemplar para solicitarlos, según Profeco

¿Requieres de servicios funerarios? Entonces échale ojo a estas recomendaciones de Profeco para que todo se adecue a tus necesidades.17 de noviembre, 2024 | 07:30 p.m.
Los tips y consejos de Profeco para tomar en cuenta al pedir un servicio funerario. (Especial: Freepik).
Servicios funerarios. | Los tips y consejos de Profeco para tomar en cuenta al pedir un servicio funerario. (Especial: Freepik).
Foto de Mónica Sánchez
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Todos hemos recurrido a servicios funerarios para darle lo mejor a nuestros seres queridos, incluso después de su partida. Por eso, para asegurarnos de que así sea, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) reveló una serie de puntos que debes tomar en cuenta antes de adquirirlos.

¿En qué consiste un servicio funerario?

Sabemos que perder a alguien es un proceso doloroso y difícil, el cual requiere servicios funerarios que, para ser los más adecuados para la situación y necesidades, deben contar con lo siguiente, según la Profeco:

  • Manejo, tratamiento, acondicionamiento y traslado del cuerpo de la persona fallecida, el cual, es considerado desde su deceso hasta su destino final.

Otorgar “el suministro de bienes y servicios complementarios para tal fin” como:

  • Ataúd o féretro y/o urna, depende de lo que la persona elija
  • Recepción y traslado del cuerpo.
  • Preparación estética del cuerpo dependiendo de cómo lo quieran los familiares.
  • Embalsamamiento del cuerpo.
  • Conservación transitoria.
  • Uso de capillas y/o equipos de velación.
  • Servicios de gestoría para el traslado y disposición final del cuerpo, previa autorización escrita del contratante.
  • Servicio de inhumación, exhumación, reinhumación o cremación del cuerpo, proporcionado por la agencia o un tercero, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
  • Derechos de uso de lotes o fosas de panteón, criptas, nichos u osarios para depositar cadáveres, cenizas o restos humanos áridos por un tiempo determinado o a perpetuidad.
  • Colocación de lápidas, monumentos y placas de identificación.
  • Transporte para acompañantes.
  • Servicios funerarios de asistencia.
Servicios funerarios.
Esto es lo que debe ofrecerte el servicio funerario, según la Procuraduría Federal del Consumidor. (Especial: Freepik).

Lo que debes tomar en cuenta para adquirir un servicio funerario, según Profeco

La Procuraduría hizo una serie de puntos que debes tomar en cuenta antes y durante la adquisición de un servicio funerario, los cuales, son los siguientes:

  1. Antes que nada: INFÓRMATE, y realiza una comparación de diversas empresas funerarias; también puedes darte una vuelta a las instalaciones para que estés más seguro de la información o bien llamar a los números oficiales.
  2. Una vez contando con el servicio, pídeles por favor los documentos por escrito tanto del presupuesto como el contrato y el comprobante de pago o factura, este usualmente es al final y debe contar con todas las especificaciones de tu servicio.
  3. Sea cual sea la opción que elijas para el cuerpo de tu familiar fallecido (urna u ataúd), siempre hazlo de manera física, ya que si lo haces por catálogo muchas veces no puedes saber el tamaño exacto, además de corroborar que no tengan defectos.
  4. Además del servicio funerario, considera otros gastos, como por ejemplo el de la fosa, nicho o gaveta para los restos.
  5. Si no cuentas con la economía para adquirir un servicio funerario, realiza una investigación en programas de asistencia social, los cuales, brindan apoyos para los gastos de este tipo de adquisición; la Profeco detalla que si eres trabajador del IMSS o ISSTE, puedes preguntar por las prestaciones y/o apoyos en este rubro.

Por último, la Profeco detalla que sea cual sea el servicio, te deben proporcionar información de los precios, descripción detallada de los bienes, horarios y datos del proveedor.

Entierro.
Chécate cuándo es que debes marcar a un servicio funerario para que puedas enterrar el cuerpo de tu ser querido. (Especial: Freepik).

¿Cuándo es que se tiene que llamar a una agencia funeraria?

Ya una vez pasando por el proceso médico o del personal de la autoridad sanitaria competente y te hayan proporcionado un certificado o acta de defunción, es momento de que comiences a llamar a la agencia funeraria, no obstante, procura que durante el proceso en lo que obtienes, ve informándote sobre cuál es el servicio funerario más apto para ti.

Además, la Profeco detalla que tomes en cuenta algunas opciones que ya te incluyen el servicio de gestoría para tramitar el acta de defunción.

Recuerda que a pesar de encontrarte en duelo, ninguna agencia o servicio funerario debe mal informarte sobre lo que te pueden ofrecer ni subirte de precios, por eso, siempre toma en cuenta estas recomendaciones de Profeco.

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